SUSPENSION.
El auto que niega la tramitación del incidente respectivo, implícitamente niega la suspensión, y, por ese motivo, dicho auto es revisable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285041-75d7c25f/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que declaró no haber lugar a tramitar y fallar la suspensión. Letayf Fernando. 13 de marzo de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Manuel Padilla, Salvador Urbina, Ricardo B. Castro y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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