SUPLICA.
El hecho de que de una manera accidental se haga mención de los artículos constitucionales, no quiere decir que la controversia verse sobre aplicación de leyes federales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285068-7b90e8c2/suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. La parte civil en el proceso instruido a González de Veytia Luz. 17 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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