PERSONALIDAD DEL RECURRENTE.
En el amparo se tiene que aceptar la que la atribuya la autoridad responsable, sin que deba ser objeto de estudio, por parte de los Jueces Federales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285284-b6badf9c/personalidad-del-recurrente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo penal. "Trápaga y Compañía Sucesores". 4 de junio de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Ricardo B. Castro, Teófilo H. Orantes y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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