PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
No hay motivo para desconocer en el amparo la personalidad, cuando ha sido reconocida por las autoridades responsables.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331396-be0a8b04/personalidad-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5477/36. Compañía Petrolera " La Perforadora de Pánuco", S. A. 17 de agosto de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Garza Cabello y Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PERSONALIDAD EN EL AMPARO. (s/clave)
- PERSONALIDAD EN EL AMPARO. (s/clave)
- PERSONALIDAD EN EL AMPARO. (s/clave)
- PERSONALIDAD EN EL AMPARO. (s/clave)
- PERSONALIDAD EN EL AMPARO. (s/clave)
- PERSONALIDAD EN EL AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis