PORTACION DE ARMAS.
La licencia expedida por la Secretaría de Guerra para portar armas, no exime a los que la tienen, de sujetarse a las disposiciones reglamentarias de policía, expedidas por las autoridades locales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285427-40960de1/portacion-de-armas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Domínguez Ulrico. 11 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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