ARMAS, PORTACION DE.
La portación de armas prohibidas sin licencia, no constituye un delito sino una infracción a los reglamentos de policía, toda vez que dicha portación es una garantía concedida por la Constitución, que debe prevalecer sobre cualquiera ley secundaria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302391-af68a4c2/armas-portacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5077/47. López Valdez Indalecio. 27 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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