PROCESO.
Contra la declaración de que ha lugar a incoar un proceso en contra de alguien, es improcedente conceder la suspensión, porque la sociedad se perjudicaría si se entorpecieran los procedimientos penales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286002-e121acf5/proceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Rubio Horacio y coagraviados. 2 de febrero de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Francisco M. Ramírez y Agustín Urdapilleta no votaron por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PROCEDIMIENTO PENAL. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO PENAL. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO PENAL. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO PENAL, SUSPENSIÓN DEL.- (267)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis