PROCEDIMIENTO.
El procedimiento en todos los juicios es de interés público, y suspenderlo, equivaldría a impedir que se administrara justicia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286006-a7b378e4/procedimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Marín Luis, sucesión de. 2 de febrero de 1923. Mayoría de seis votos. Los Ministros Gustavo A. Vicencio, Alberto González y Enrique Moreno, no intervinieron por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Adolfo Arias y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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