COSECHAS PENDIENTES.
En los casos de dotación de ejidos, procede dejar a salvo los derechos del propietario, para que levante y aproveche las cosechas pendientes, en el momento de otorgarse la dotación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286148-6f679f2f/cosechas-pendientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Gómez Eulogio. 16 de marzo de 1923. Mayoría de ocho votos. El Ministro Enrique Moreno no votó por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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