COSECHAS PENDIENTES.
No es un obstáculo para la aplicación de la Ley Agraria, el que se dejen a salvo los derechos de los propietarios, en los casos de dotación de tierras para que puedan levantar las cosechas pendientes, si es que existen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287749-d7d5130c/cosechas-pendientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. González Manuel. 8 de abril de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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