COSECHAS PENDIENTES.
En los casos de dotación y restitución de ejidos, procede dejar a salvo los derechos de los propietarios, para que puedan aprovechar las siembras no perennes, que existieren en las tierras dotadas o restituidas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286878-be07f91c/cosechas-pendientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Scholtz viuda de Iturbe Trinidad y coagraviada. 17 de febrero de 1922. Unanimidad de diez votos. El Ministro Alberto M. González no asistió a la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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