HOMICIDIO.
La legislación de Tabasco previene que la comprobación del cuerpo del delito de homicidio, se haga por medio de la autopsia del cadáver, que se practicará por peritos, y que se concluya por ella, que la lesión es mortal, esto es, que haya producido por sí sola, directamente, la muerte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286236-0147f87b/homicidio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Villamil Hipólito. 17 de abril de 1923. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González e Ignacio Noris. Disidente: Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- AUTOPSIA EN TAMAULIPAS. (s/clave)
- HOMICIDIO. (s/clave)
- HOMICIDIO. (s/clave)
- HOMICIDIO. (s/clave)
- HOMICIDIO. (s/clave)
- HOMICIDIO, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis