HOMICIDIO.
La legislación de Nuevo León autoriza para tener por comprobado el cuerpo del delito de homicidio, mediante declaraciones de testigos que hubieren visto las lesiones que el occiso presentaba y con la opinión que los peritos designados por el Juez respectivo, emitan sobre las causas posibles de la muerte si no puede formarse juicio pericial, con el examen del cadáver.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314442-94c9f38c/homicidio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. 440/29. Anda Basilio de. 9 de octubre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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