JURISDICCION VOLUNTARIA.
La oposición a las diligencias de jurisdicción voluntaria, no es recurso ordinario y, por tanto, no puede motivar la improcedencia del amparo contra las resoluciones dadas en esa vía, y que afecten a terceras personas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286544-11669910/jurisdiccion-voluntaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Veloz Jesús, sucesión de. 5 de septiembre de 1922. Mayoría de seis votos. Ausentes: Benito Flores, Patricio Sabido y Enrique Moreno. Disidentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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