LIBERTAD PERSONAL.
Las medidas de aseguramiento que se dictan cuando se concede la suspensión contra actos que afectan la libertad personal, quedan a la discreción de los Jueces que las dictan.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287018-8286436f/libertad-personal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Moreno Manuel. 7 de abril de 1922. Mayoría de siete votos. Los Ministros Alberto M. González, Benito Flores y Adolfo Arias, no votaron en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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