PRUEBA DE PRESUNCIONES.
La prueba de presunciones aceptada por los tribunales, de acuerdo con las reglas prevenidas en la ley, sólo puede ser atacada por inexistencia o falsedad de los hechos que establecen la verdad conocida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287058-1b2d47b7/prueba-de-presunciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Oliva Ornelas Miguel. 2 de mayo de 1922. Mayoría de ocho votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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