EXPRESION DE AGRAVIOS.
Al hacerla, no pueden variarse los términos de la demanda de amparo, y el fallo que se dicta en revisión no puede aceptar tal variación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287425-fa35ff2f/expresion-de-agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Silíceo José. 17 noviembre 1921. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Alberto M. González y Antonio Arias, en cuanto a la primera proposición, y por unanimidad de diez votos, en cuanto a la segunda. Ausente: Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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