BIENES NACIONALES.
La intervención de bienes que se juzguen nacionales, sin el previo juicio correspondiente, importa una violación de garantías. Esta declaración no prejuzga en manera alguna, sobre la facultad que tiene el presidente de la República para declarar qué bienes son de la nación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287809-22a01c47/bienes-nacionales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. L. de Guevara María Concepción y coagraviados. 28 de abril de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno, Ignacio Noris y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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