COMPETENCIA EN AMPARO.
Para fijar la competencia para conocer de un juicio de amparo, debe atenderse, exclusivamente, al acto reclamado en la demanda, y no al que aparece comprobado en la tramitación del juicio; supuesto que la competencia, como base que es de la contienda judicial, una vez establecida, según los términos de la demanda, no puede quedar sujeta a variaciones posteriores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288053-5b3b5325/competencia-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en amparo. Suscitada entre los Jueces Sexto, Supernumerario, de Distrito del Distrito Federal y de Distrito de Oaxaca. 15 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes. Alberto M. González, Antonio Alcocer y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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