COMPETENCIA.
No ha lugar a dirimir competencia alguna, cuando uno de los Jueces ha terminado un proceso, por haberse presentado conclusiones de no acusación por el Ministerio Público, porque de declarar la competencia en favor de la autoridad que la reclama, se tendría que juzgar al acusado dos veces por el mismo delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288092-1185a1d9/competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia positiva en materia penal. Suscitada entre los Jueces, de Instrucción Militar de Tampico, y Segundo de Distrito de Tamaulipas. 22 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA. (s/clave)
- COMPETENCIA. ES INSUFICIENTE EL HECHO DE QUE UN JUEZ PREVENGA EN EL CONOCIMIENTO DE UN DELITO PARA QUE SE SURTA SU.- (48)
- COMPETENCIA. ES INSUFICIENTE EL HECHO DE QUE UN JUEZ PREVENGA EN EL CONOCIMIENTO DE UN DELITO PARA QUE SE SURTA SU. (1a. XI/90)
- COMPETENCIA. (s/clave)
- COMPETENCIA. (s/clave)
- COMPETENCIA POR INHIBITORIA, NO PROCEDE EL DESISTIMIENTO DE LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis