LEGALIDAD DE LAS AUTORIDADES.
No toca a la autoridad judicial resolver sobre la legalidad de las funciones de los miembros, ya reconocidos, de los otros poderes; pues tal proceder sería atentatorio, y rompería el equilibrio, la armonía y la independencia que debe existir entre los tres poderes o sus delegados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288185-c2d65a27/legalidad-de-las-autoridades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Gamboa Moreno Manuel y Eduardo. 10 de agosto de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Adolfo Arias y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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