PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
Debe acreditarse en la forma y términos, prevenidos por la ley, so pena de desechar la demanda por improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288220-1ec91866/personalidad-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Luján Ramón F. 19 de agosto de 1920. La publicación no menciona la votación, ni el nombre del ponente.
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