REVISION.
El recurso de revisión lo concede la ley respecto de las resoluciones dictadas en los juicios de amparo, en cuanto se relacionan con el procedimiento o con resoluciones del mismo género.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288248-2a07cf4b/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión de un auto que mandó apercibir a la autoridad responsable. Russi Petronila. 24 de agosto de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González e Ignacio Noris no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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