REVISION, RECURSO DE.
En los juicios de amparo tan sólo procede en los casos en que expresamente lo concede la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291431-afbbfeb8/revision-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de revisión. Agente del Ministerio Público. 14 de marzo de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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