APRECIACION DE LA PRUEBA.
La que hacen los tribunales en uso de la facultad soberana que la ley les concede, pero apartándose de las leyes que regulan la prueba, importa una violación constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288261-2771e266/apreciacion-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Bosque José B. del. 27 de agosto de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Gustavo A. Vicencio, José María Mena y Antonio Alcocer no estuvieron presentes, por las razones expuestas en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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