CLAUSURA DE CASAS ANTIHIGIENICAS Y PELIGROSAS.
El Código Sanitario de Yucatán requiere para que se clausure una casa por razones de higiene, que constituya un peligro constante para la salud o la vida de sus habitantes o vecinos, y que no se pueda poner en las condiciones debidas de sanidad y seguridad, asimismo exige que la clausura se dicte previa la formación de un expediente instruido, con audiencia del interesado, y si la clausura no se ha hecho con estricto apego a tales disposiciones, importa la violación del artículo 16 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288581-8000d188/clausura-de-casas-antihigienicas-y-peligrosas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FINCAS QUE NO REUNEN CONDICIONES SANITARIAS, DESOCUPACION DE LAS (LEGISLACION DE YUCATAN). (s/clave)
- FINCAS QUE NO REUNEN CONDICIONES SANITARIAS, DESOCUPACION DE LAS (LEGISLACION DE YUCATAN). (s/clave)
- CLAUSURA DE VECINDADES, POR NO REALIZAR MEJORAS SANITARIAS, QUIEN DEBE ORDENARLAS. (s/clave)
- EDIFICIOS INSALUBRES. CODIGO SANITARIO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. (s/clave)
- HIGIENE, DISPOSICIONES RESPECTO A. (s/clave)
- SALUBRIDAD, CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS POR MOTIVOS DE (LEGISLACION DE YUCATAN). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis