EXCEPCIONES.
Deben ser interpuestas por el reo, dentro del plazo que la ley señala, so pena de que sean desechadas por improcedencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288974-59200914/excepciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. "El Nuevo Mundo" México, S.A. 16 de junio de 1920. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. Disidente: Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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