SUSPENSION.
Es improcedente concederla contra actos cuya existencia no se comprueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289084-e78c66ee/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. García Fulvio. 12 de julio de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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