GOBERNADORES PROVISIONALES DE LOS ESTADOS.
En los Estados no sujetos al régimen constitucional, los Gobernadores pueden ejercitar las atribuciones del Poder Legislativo, mientras se restablece por completo el régimen constitucional; por tanto, el Plan de Arbitrios de un Ayuntamiento, aprobado por un Gobernador, en dichas circunstancias, es legal y puede hacerse efectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289149-7a402582/gobernadores-provisionales-de-los-estados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Abarca de Cerdio Francisca. 15 de agosto de 1919. Mayoría de seis votos. El Ministro Ernesto Garza Pérez no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Alberto M. González, Agustín Urdapilleta, Enrique Moreno y José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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