BAJA EN EL EJERCICIO.
El hecho de que, después de cometido un delito del orden militar, cause baja en el ejército el individuo que lo cometió, no quita su competencia a los tribunales del fuero de guerra, para conocer ese delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289288-500b5a38/baja-en-el-ejercicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia negativa en materia penal. Suscitada entre los Jueces de Distrito de Tehuantepec, e Instructor Militar de la Plaza de Puerto México. 9 de octubre de 1919. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, Agustín Urdapilleta, Enrique Moreno, Antonio Alcocer y E. Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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