PROFESORES DE INSTRUCCION PRIMARIA.
El daño o perjuicio que recibe la sociedad con que se separe a un profesor de su empleo, sin causa justificada, es mayor que el interés político; por lo que la suspensión contra el cese injustificado de los profesores, es procedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289404-57302bc6/profesores-de-instruccion-primaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. R. viuda de Pérez Ignacia. 9 de diciembre de 1919. Mayoría de siete votos. Los Ministros Benito Flores y Enrique Moreno, no votaron por los motivos que se indican en el acta del día. Disidentes: Gustavo A. Vicencio y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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