REMOCION Y CESE DE PROFESORES DE INSTRUCCION PRIMARIA.
Es improcedente conceder la suspensión contra la remoción o el cese que se acuerden respecto de un profesor de instrucción primaria, porque, en el primer caso, no se le causan perjuicios de imposible reparación, y en el segundo, porque la sociedad y el Estado sufrirían perjuicios, por estar interesados en el desenvolvimiento técnico y moral de la instrucción pública, que es de gran significación en el progreso nacional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286653-5d7bbf07/remocion-y-cese-de-profesores-de-instruccion-primaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Loredo Silvestra. 3 de noviembre de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Benito Flores y Enrique Moreno no votaron en este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PROFESORES DE INSTRUCCION PRIMARIA. (s/clave)
- PROFESORES DE INSTRUCCION PRIMARIA. (s/clave)
- PROFESORES DE INSTRUCCION PRIMARIA. (s/clave)
- PROFESORES DE INSTRUCCION PRIMARIA. (s/clave)
- PROFESORES, REMOCION DE LOS. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE CESE DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis