VIOLACIONES RECLAMADAS.
Siendo procedente el amparo por alguna de ellas y afectando esta protección a todos los intereses a que la demanda se refiere, es inútil examinar las violaciones restantes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289497-cc9225b3/violaciones-reclamadas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Jiménez Borreguí Nicolás, sucesión de. 8 de enero de 1919. Mayoría de seis votos. Ausentes: Agustín de Valle y Santiago Martínez Alomía. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el ponente.
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