LIBERTAD DE COMERCIO.
El artículo 4o. constitucional establece como causa de restricción a ella, el hecho de que se ofendan los derechos de la sociedad, debiendo ponerse remedio por la autoridad administrativa, en los términos que marca la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289646-84e7f40b/libertad-de-comercio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Zárate Sánchez Jesús. 15 de febrero de 1919. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Manuel E. Cruz y Enrique Moreno. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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