FIADOR.
No es forzoso para el Juez, aceptar al que se presente para garantizar los efectos de la suspensión de una sentencia, y puede rechazarlo, si no está acreditada su solvencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289788-6f7d18ab/fiador · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. López Ana María. 27 de marzo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausente: José M. Truchuelo y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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