AUTO DE FORMAL PRISION.
Es violatorio de garantías el que no se ajusta estrictamente a lo prescrito por el artículo 19 de la Constitución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290360-908c30f5/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Vázquez Adela. 23 de agosto de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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