MOLESTIAS ILEGALES.
Nadie podrá ser molestado en su persona, familia, papeles y posesiones; sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290503-2a2c2de6/molestias-ilegales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Blhum Jorge Guillermo. 11 de septiembre de 1918. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique M. de los Ríos. Disidente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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