QUEJA RECURSO DE.
El derecho de interponerlo, tiene que estar sujeto en su ejercicio, a algún término, que no puede ser otro que el prevenido por la fracción VI del artículo 154 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290738-ad85d42b/queja-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Saldaña Cecilio. 24 de octubre de 1918. Mayoría de seis votos, en cuanto al primer punto. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique García Parra, Enrique Moreno y Manuel E. Cruz; y por mayoría de cinco, en cuanto al segundo. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Santiago Martínez Alomía. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique García Parra, y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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