SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
Para que se conceda, son necesarios, entre otros requisitos, que sean de difícil reparación los perjuicios que se causen al agraviado con la ejecución del acto y que con la suspensión no se causen perjuicios a tercero, o que para asegurarlos, el quejoso otorgue fianza bastante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291367-09ad1520/suspension-del-acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Torijano Delfino. 2 de marzo de 1918. Mayoría de diez votos. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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