CONFLICTOS ENTRE EL CAPITAL Y EL TRABAJO.
Con arreglo a las disposiciones constitucionales, se sujetarán a la decisión de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, formadas de la manera prevista por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291403-ee0d5a77/conflictos-entre-el-capital-y-el-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Cabrera Guillermo. 8 de marzo de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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