INDULTO POR GRACIA.
Debe solicitarse del Ejecutivo y no de la Suprema Corte de Justicia a quien ninguna intervención da la Constitución para ello.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291728-839a4d1b/indulto-por-gracia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Solicitud de indulto elevada ante la Suprema Corte. Quintero Bernardo. 24 de abril de 1918. Unanimidad de diez votos. El Ministro Enrique Colunga no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre el ponente.
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