LIBERTAD DE ENSEÑANZA.
Se viola, en perjuicio del director de una escuela particular, con negarle el derecho de enseñar, después de haberle concedido el beneficio de incorporación a los establecimientos educativos del Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291910-f432f61f/libertad-de-ensenanza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Figueroa José Tomás. 4 de junio de 1918. Mayoría de diez votos. Disidente: Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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