LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915.
Es de interés general y de orden público, porque tiende a resolver uno de los problemas más trascendentales para el país; el problema agrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292013-9964b166/ley-agraria-de-6-de-enero-de-1915 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Sesma viuda de Ruiz Elena. 2 de octubre de 1917. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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