SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
No debe concederse cuando de ella se sigan graves perjuicios a la sociedad y no sean irreparables los que se causen al quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292146-ba7636af/suspension-del-acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que negó la suspensión. Hernández de Gudiño Genoveva. 23 de septiembre de 1917. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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