ATRIBUCIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS.
Deben ser ejercitadas por ellos, con entera independencia de los gobernadores de los Estados, en todo lo que concierna al régimen interior de los Municipios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292407-2d435f77/atribuciones-de-los-ayuntamientos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía Limitada de Luz Eléctrica, Fuerza, y Tracción de Tampico. S. A. 17 de noviembre de 1917. Mayoría de siete votos. Disidentes: Alberto M. González y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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