IMPRUDENCIA GRAVE EN LA CONDUCCION DE VEHICULOS.
La conducta imprudente del inculpado, se califica de grave, si le era fácil prever y evitar e atropellamiento del menor ofendido, de haber observado las reglas de tránsito que obligan a disminuir la velocidad frente a las escuelas, y más aún, si parte de la calle estaba ocupada por alumnos de la escuela, teniendo el acusado que transitar por su izquierda, según su propio dicho, máxime si arrojó al menor a quince metros de distancia de donde se produjo el impacto, lo que revela que el inculpado tripulaba su vehículo con exceso de velocidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292869-3ead0da4/imprudencia-grave-en-la-conduccion-de-vehiculos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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