ROBO EN OCASION DE UNA REBELION, COMPROBACION DEL DELITO DE.
Si la gavilla rebelde dirigida por el inculpado ejecuta diversos actos de robo al apoderarse sin derecho ni autorización legítima alguna, de armas, municiones y dinero en varias casas de algunas de las personas del pueblo de que se trata, debe tenerse por justificado el cuerpo del delito de robo, no obstante que sólo se tengan las declaraciones de los ofendidos, pues deben tomarse éstas como fuentes de convicción, si se trata de numerosas informaciones que ofrezcan coincidencias en cuanto a las circunstancias de modo y tiempo en que se ejecutaron cada uno de los apoderamientos, pues se robustecen unas a otras, porque en autos no se acredite ningún dato por virtud del cual se hiciera admisible la posibilidad de que los ofendidos se hayan producido con falsedad al hacer las imputaciones de robo a los acusados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292925-c6554ddf/robo-en-ocasion-de-una-rebelion-comprobacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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