ACCIDENTE, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD POR.
Si el inculpado conocía las malas condiciones en que se encontraba la locomotora, estaba actuando culposamente al salir al camino manejándola, y dicha actividad imprudencial elimina la existencia del caso fortuito, pues colocado el sujeto en un terreno francamente culposo no puede operar el límite de culpabilidad a que se refiere la fracción X del artículo 15 del Código Penal Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292976-95458035/accidente-excluyente-de-responsabilidad-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2001/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de octubre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
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