PENA EXCESIVA, NO EXISTE CUANDO NO REBASA EL MAXIMO SAÑALADO POR LA LEY.
Si los datos del sumario revelan un índice de peligrosidad muy marcado y ello sirve al juez natural para aplicar una pena que se acerca mucho al máximo señalado por la ley, es inconcuso que la sentencia no viola garantías del acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293031-54d938d3/pena-excesiva-no-existe-cuando-no-rebasa-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 589/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de noviembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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