MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD DE.
Para que surta la excluyente de responsabilidad de miedo grave, se requiere que el acusado haya obrado a impulso de causas que le hicieron perder en parte el control de su voluntad, provocando en él el fenómeno psicológico de inhibición que le vedara el perfecto raciocinio y cabal uso de sus facultades mentales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293655-7b0b80d9/miedo-grave-excluyente-de-responsabilidad-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6267/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de junio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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